Micelio
Auto26 de enero de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Marin Diaz Gustavo De Jesus·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones

Tema · dato duro
Conflicto Originado En La Demanda De Nulidad Y Restablecimiento De Derecho De Actos Administrativos Proferidos En El Trámite De Un Cobro Coactivo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín y la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por un ciudadano en contra de Colpensiones, con la pretensión de obtener la nulidad de los actos administrativos que negaron la reliquidación de su pensión de vejez y ordenaron el reintegro de valores pagados por concepto de indemnización sustitutiva, así como el levantamiento de medidas cautelares de embargo y secuestro de inmuebles.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte utilizó como regla de decisión aquella que establece que en los procesos en los que se solicite la nulidad de actos administrativos proferidos al interior del trámite del proceso de cobro coactivo adelantado por una entidad pública, la competencia recaerá en la Jurisdicción Contencioso Administrativa de conformidad con el entendimiento armónico y sistemático de los artículos 5° de la Ley 1066 de 2006, 835 del Estatuto Tributario y 101, 104 inciso primero y 138 de la Ley 1437 de 2011.

Consecuentemente se remitió el expediente a la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, para que inicie el trámite respectivo, profiera la decisión pertinente y comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO.
  2. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado 5 Laboral del Circuito de Medellín, y DECLARAR que el conocimiento del proceso correspondiente a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, promovida por el señor Gustavo de Jesús Marín Díaz en contra de Colpensiones, es competencia de la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia.
  3. SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-1367 a la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, para que inicie con el trámite respectivo y profiera la decisión pertinente, al igual que comunique la presente decisión al Juzgado 5 Laboral del Circuito de Medellín y a los sujetos procesales dentro del asunto de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.